"Ley Mordaza", sigue vigente: De los Santos
ANGELES MARISCAL
Para Miguel Ángel de los Santos, abogado de la red de defensores comunitarios por los derechos humanos, la llamada Ley Mordaza sigue vigente en Chiapas, porque los periodistas que sean inculpados deben demostrar que la información vertida es verdadera, de acuerdo al apartado IV del artículo 253 del Código Penal estatal recién aprobado.
El maestro en derecho internacional explicó luego de un análisis de las reformas a los tres artículos de dicho Código, referentes a los denominado delitos contra el honor, el único objetivo que cumple esta reforma es “callarle la boca a los periodistas” que venían demandando con mayor ímpetu la derogación de la ley mordaza pero esa ley
“Lo cierto es que representa atole con el dedo por que crear un régimen de excepción para los periodistas implica que los mismos no puedan ser castigados por las opiniones, críticas, en contra de las personas”.
Sin embargo –dijo- lo que no considera la reforma es que los medios de comunicación se proveen de información de la misma sociedad, la misma que quedará vulnerable a esta ley.
“La ley mordaza sigue vigente en Chiapas, es una práctica de inhibición, y sus efectos continuarán sintiéndose en la sociedad en la medida que inhiben el ejercicio de la libertad de expresión, incluso para los periodistas por que la misma supedita el ejercicio de la libertad de expresión a demostrar la condición de periodista en funciones y luego que la información sea verdadera”.
Lo anterior porque el artículo 253 del nuevo Código apunta que no se comete el delito de difamación cuando la persona a quien se imputa “fuere periodista en ejercicio de sus funciones y no faltare a la verdad en los términos de los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
“Se engañan aquellas personas que asumen que con dicha reforma se ha garantizado la libertad de expresión. La libertad de expresión es un derecho fundamental que toda persona puede ejercer en una sociedad democrática, cuya única limitación debe ser el derecho de un tercero”.
De los Santos refirió que cuando se ejerce para criticar o expresar opiniones relaciones con la función pública el ejercicio de este derecho es más amplio y no se pude supeditar a expresar una opinión hasta que confirmas que la información es 100 por ciento verdadera, por que eso implica que en un acto de corrupción sería hasta que el juez concluyera el caso.
“Al contrario, ésta (Ley Mordaza) persiste como un signo de la continuidad del anterior gobierno pero también como un signo de la negación del actual gobierno a incorporarse al ejercicio de un gobierno democrático, en el que se disfrutan y ejercen ampliamente los derechos humanos”, acusó.
Más aún –dijo- la reforma al delito de difamación no considera que los periodistas no son los únicos que ejercen de manera activa y permanente la libertad de expresión, también lo hacen los académicos, investigadores sociales, organismos civiles, de derechos humanos, organizaciones campesinas, activistas sociales, etc., la lógica de le reforma tendría que exentar de responsabilidad a todos estos actores además de los periodistas es por tal razón que las normas como las que prevén conductas de difamación deben ser generales y abstractas.
“En conclusión, la reforma penal en materia de difamación no corresponde con una sociedad democrática y contradice los derechos constitucionales, los derechos fundamentales previstos en la constitución mexicana. Que sirviera para inhibirlas denuncias o críticas de los funcionarios públicos”, sostuvo el jurista.
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Para Miguel Ángel de los Santos, abogado de la red de defensores comunitarios por los derechos humanos, la llamada Ley Mordaza sigue vigente en Chiapas, porque los periodistas que sean inculpados deben demostrar que la información vertida es verdadera, de acuerdo al apartado IV del artículo 253 del Código Penal estatal recién aprobado.
El maestro en derecho internacional explicó luego de un análisis de las reformas a los tres artículos de dicho Código, referentes a los denominado delitos contra el honor, el único objetivo que cumple esta reforma es “callarle la boca a los periodistas” que venían demandando con mayor ímpetu la derogación de la ley mordaza pero esa ley
“Lo cierto es que representa atole con el dedo por que crear un régimen de excepción para los periodistas implica que los mismos no puedan ser castigados por las opiniones, críticas, en contra de las personas”.
Sin embargo –dijo- lo que no considera la reforma es que los medios de comunicación se proveen de información de la misma sociedad, la misma que quedará vulnerable a esta ley.
“La ley mordaza sigue vigente en Chiapas, es una práctica de inhibición, y sus efectos continuarán sintiéndose en la sociedad en la medida que inhiben el ejercicio de la libertad de expresión, incluso para los periodistas por que la misma supedita el ejercicio de la libertad de expresión a demostrar la condición de periodista en funciones y luego que la información sea verdadera”.
Lo anterior porque el artículo 253 del nuevo Código apunta que no se comete el delito de difamación cuando la persona a quien se imputa “fuere periodista en ejercicio de sus funciones y no faltare a la verdad en los términos de los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
“Se engañan aquellas personas que asumen que con dicha reforma se ha garantizado la libertad de expresión. La libertad de expresión es un derecho fundamental que toda persona puede ejercer en una sociedad democrática, cuya única limitación debe ser el derecho de un tercero”.
De los Santos refirió que cuando se ejerce para criticar o expresar opiniones relaciones con la función pública el ejercicio de este derecho es más amplio y no se pude supeditar a expresar una opinión hasta que confirmas que la información es 100 por ciento verdadera, por que eso implica que en un acto de corrupción sería hasta que el juez concluyera el caso.
“Al contrario, ésta (Ley Mordaza) persiste como un signo de la continuidad del anterior gobierno pero también como un signo de la negación del actual gobierno a incorporarse al ejercicio de un gobierno democrático, en el que se disfrutan y ejercen ampliamente los derechos humanos”, acusó.
Más aún –dijo- la reforma al delito de difamación no considera que los periodistas no son los únicos que ejercen de manera activa y permanente la libertad de expresión, también lo hacen los académicos, investigadores sociales, organismos civiles, de derechos humanos, organizaciones campesinas, activistas sociales, etc., la lógica de le reforma tendría que exentar de responsabilidad a todos estos actores además de los periodistas es por tal razón que las normas como las que prevén conductas de difamación deben ser generales y abstractas.
“En conclusión, la reforma penal en materia de difamación no corresponde con una sociedad democrática y contradice los derechos constitucionales, los derechos fundamentales previstos en la constitución mexicana. Que sirviera para inhibirlas denuncias o críticas de los funcionarios públicos”, sostuvo el jurista.
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