El acceso a la información pública en México
Chiapas, Tabasco, Oaxaca e Hidalgo sin ley alguna sobre la materia
El 12 de junio del 2003 empezó una nueva etapa en la historia de país, al ser pleno y efectivo el derecho de todos los ciudadanos. De su derecho a estar informados de la cuestión pública a través de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
El 12 de junio del 2003 empezó una nueva etapa en la historia de país, al ser pleno y efectivo el derecho de todos los ciudadanos. De su derecho a estar informados de la cuestión pública a través de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
En México existen 28 de 32 leyes locales que deberían haber en materia de acceso a la información pública. Además de la Ley Federal, claro. Son Chiapas, Oaxaca, Tabasco e Hidalgo, los únicos estados donde sus gobernantes -poder ejecutivo, legislativo y judicial-, se han mostrado reacios a ser transparentes.
Si bien es menester el impulso de la sociedad civil para que esas cuatro entidades restantes cuenten con un marco jurídico que garantice a los gobernados el pleno acceso a la información pública en poder de los gobernantes, aquellas en las que ya se cuenta con un instrumento es urgente que se analicen y discutan para logren arribar a los estándares y principios de transparencia y dar cumplimiento a las recomendaciones de organismos como la ONU y la OEA.
Si bien las mejores leyes, con un alto grado de compromiso con los estándares democráticos son la de Chihuahua, Campeche, Distrito Federal, Morelos, Sinaloa y Baja California, la mayoría de siguen vigentes con criterios mediocres o candados que restringen el derecho pleno de acceso a la información pública , Hay casos con deficiencias jurídicas como en los estados de Tamaulipas, San Luís Potosí, Tlaxcala, Aguascalientes, Veracruz, y Puebla. Estos dos ltimos están muy alejados de cumplir con los indicadores legales.[i]
Pero es necesario advertir acá que, el hecho de contar con un marco jurídico no provoca automáticamente la transparencia por decreto, eso lo deberían entender los gobernantes y los gobernados. La transparencia se logra en la medida en que esta se hace efectiva, se aplica y la cumple cabalmente los sujetos obligados.
En estados como Chiapas, la administración del gobernador Pablo Salazar ha desdeñado este instrumento jurídico con el argumento de que ya existe una política pública de transparencia y rendición de cuentas. Pues así se lo han avalado firmas nacionales y trasnacionales de transparencia y por ello “no hace falta que exista”.
Pero la Red Global de Defensores de Libertad de Información dictaminó el 28 de septiembre del 2002 que “el derecho a la información sólo puede ser ejercido efectivamente si está reconocido por las leyes y reglamentado de acuerdo a los estándares internacionales”[ii].
“El derecho de acceso a la información pública no es sólo un referente para combatir la corrupción, lograr la rendición de cuentas, la transparencia de los sujetos obligados y reducir los rumores en la prensa, sino mucho más que eso: una herramienta para mejorar aala calidad de vida de las personas. En efecto, la toma de colectiva y cotidiana de decisionesse basa primariamente sobre la información con que se cuenta”.[iii]
Como explica Villanueva, se deduce en Chiapas el gobierno actual confunde la funcionalidad en un estado democrático lo importante que representa una Ley de Acceso a la Información Pública, pues no solo es un instrumento para transparentar la gestión de un gobierno y su rendición de cuentas, sino para algo más importante: para dar instrumentos a los gobernados para la toma de decisiones personales, como por ejemplo, a un padre de familia en que escuela estudiar sus hijos; a un campesino en que fecha del tiempo sembrar o a un empresario en ciudad invertir.
[i] Leyes de acceso a examen, Análisis de las 27 legislaciones vigentes en México; Ernesto Villanueva, Perla Gómez y Carolina Pacheco; Revista Mexicana de la Comunicación (RMC) Número 95. De igual forma se puede consultar el libro Derecho de Acceso a la Información Pública en México, Indicadores Legales de los mismos autores, Tomo 1, 2ª. Edición, Ediciones de Libertad de Información-México, A. C. 142 Pp.
[ii] La Red Global es una organización que se creó en septiembre del 2002, tras una cumbre mundial de organismos no gubernamentales que promueven y defienden el derecho de acceder a la información pública. Es conocida la Freedom of Information Advocates Network (FOIA Network por sus siglas en inglés). http://www.foiadvocates.net/.
[iii] Derecho de acceso a la información pública en Latinoamérica . IIJ-UNAM. México. 2003. p. XV.
[ii] La Red Global es una organización que se creó en septiembre del 2002, tras una cumbre mundial de organismos no gubernamentales que promueven y defienden el derecho de acceder a la información pública. Es conocida la Freedom of Information Advocates Network (FOIA Network por sus siglas en inglés). http://www.foiadvocates.net/.
[iii] Derecho de acceso a la información pública en Latinoamérica . IIJ-UNAM. México. 2003. p. XV.
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