junio 12, 2006

ARCHIVOS PÚBLICOS: HISTÓRICOS Y ADMNISTRATIVOS

PARA CONTRIBUIR A LA LIBERTAD PLENA DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE INFORMACIÓN
ES NECESARIO CONTAR CON UNA LEY DE DOCUMENTACIÓN, ARCHIVOS PÚBLICOS, ADMINISTRATIVOS E HISTÓRICOS

En 28 de las 32 entidades de México se ha legislado ya en materia de acceso a la información pública. En unos con mayor apego a los estándares internacionales y en muchos otros alejado de esas normas. Pero expertos, como la doctora Patricia Galeana , exdirectora del Archivo General de la Nación (AGN) ha insistido a lo largo y ancho de todo el país que primero se debió haber legislado en materia de archivos públicos, históricos y administrativos.

Galeana considera que mantener los archivos públicos en orden, es decir contar con un instrumento jurídico que delinee los procesos de canalización de archivos administrativos, clasificación y exposición a los ciudadanos, contribuye después a una mayor efectividad para que se garantice plenamente el acceso a la información pública gubernamental.

“Los archivos son centros de información inagotable y de conocimiento necesario para el desarrollo de la sociedad”, apunta Patricia Galena.

Plantea Galeana que en nuestro país existe una legislación dispersa sobre los centros de documentación y archivos. Primero a nivel federal según decreto presidencial de 1981 el Archivo General de la Nación, órgano descentralizado de la SEGOB, es el asesor del ejecutivo federal en materia de archivos. Sin embargo no se mencionaba nada sobre el acceso a la información que contienen.

“…Veinticinco estados cuentan con un marco jurídico en materia de archivos obsoleta; catorce de ellos hacen referencia a un sistema estatal de archivos que debe estar coordinado por uno nacional, que hasta la fecha no ha funcionado por falta de soporte jurídico. Once estados cuentan con una ley orgánica o general y nueve tienen sus correspondientes reglamentos. También hay municipios que cuentan con legislación al respecto, aún en estados que carecen de ella”.

Por ejemplo en Chiapas, una existe un Ley del Sistema Estatal de Archivos que data del 20 de octubre de 1993, que hace depender al Archivo estatal de la Secretaría de Gobierno, por lo que al igual que en muchos estados es menester que se revise, bien derogarse o se reforme para crear una nueva Ley de Documentación, Archivos Públicos, Administrativos e Históricos.

Es urgente un mecanismo jurídico que regule, desde la generación de la documentación pública en los distintas oficinas del aparato gubernamental hasta su fin en los archivos públicos, administrativos e históricos. Pero no solo eso, sino que garantice el acceso a ellos a todos los historiadores, investigadores y al público en general.

Existe actualmente un total descontrol y poca regulación de libros, carpetas y demás archivos electrónicos que se pierden en el marasmo y hacen difícil conservar la memoria histórica de una administración pública.

Se debe evitar la sustracción archivos y demás de documentos y demás generados con recursos del erario, lo que dificulta muchas veces la reconstrucción de una historia o una acción administrativa.

Los juristas de la UNAM, Patricia Galeana y Ernesto Villanueva, han planteado ya algunas propuestas en esta materia que deberían tomarse en cuenta.
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